martes, 24 de agosto de 2010

Derecho Universidad Javeriana-- $6.478.000

Código SNIES: 951




Título que otorga: Abogado



Estado de acreditación: Acreditado según resolución 3514 del 23 de agosto de 2005



La Carrera de Derecho es la unidad académica responsable del desarrollo del programa académico de pregrado conducente al título universitario de abogado.



La responsabilidad principal de la Carrera es el desarrollo del currículo de tal forma que garantice la excelencia disciplinaria o profesional dentro de una perspectiva de formación integral, según las directrices del Proyecto Educativo de la Universidad.



Las actividades docentes de la Carrera están a cargo de los profesores de los Departamentos cuya área del conocimiento corresponda a la respectiva asignatura, designados para el efecto por el Director de Departamento respectivo.



El Director de Carrera es la autoridad personal de gobierno en la Facultad, a cuyo cargo se halla la dirección inmediata de las actividades curriculares, así como del Medio Universitario y administrativas que se realizan en la Carrera.



Ximena Osorio Torres

Directora de carrera

Facultad de Derecho Universidad de La Sabana

Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales

La Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia ofrece al estudiante de Pregrado en Derecho el aprendizaje y un análisis profundo de las áreas básicas de formación del Abogado.


La Universidad pretende desde el Pregrado, que sus estudiantes sean capaces no solo de reproducir procesos sino recrearlos, con una sana tendencia a la investigación garantizando la producción del conocimiento. En el caso específico del Derecho les permitirá no solo seguir la norma, sino también construirla, asumiendo un papel activo y comprometido con la nación y el mundo.

La flexibilidad que caracteriza el plan de estudios, le ofrece al estudiante la oportunidad de tener una educación integral. A través de las áreas de contexto (AC) es posible conocer disciplinas distintas a la jurídica sistematizando y universalizando el conocimiento. Por otro lado, el área de profundización (CE) ayuda a decidir su rama de especialización, y la posibilidad de realizar cursos libres en idiomas, también ofrecidos por la facultad.

PsicoActiva: Test de orientación profesional

PsicoActiva: Test de orientación profesional

lunes, 23 de agosto de 2010

UniDerecho.com Es Un Espacio Para Estudiar Derecho Por Internet

UniDerecho.com es uno de los pocos portales en internet dedicado a aportar contenidos jurídicos de manera totalmente gratuita iniciamos esta tarea un conjunto de estudiantes de derecho de diferentes paises, y en la actualidad nos leen y visitan diariamente un volumen considerable de personas, pues nuestros temas son de absoluto interes para estudiantes, abogados, jueces magistrados e incluso personas que necesitan una asesoria legal.

viernes, 20 de agosto de 2010

El Mejor Abogado Joven De España Es Un Colombiano

Felipe Quintero Serrano, bogotano de 25 años, es el primer extranjero que gana el premio Jóvenes Juristas de España.

Se trata de un concurso de gran nivel y prestigio que organizan la Universidad de Navarra y la fundación del despacho de abogados más importante de este país, Garrigues, para fomentar “la excelencia en el conocimiento y aplicación del Derecho de Empresa”.



Tras una convocatoria abierta a abogados menores de 26 años de toda España, Quintero fue elegido dentro de un selecto grupo de 29 profesionales que luego fueron sometidos a dos duras pruebas. Primero había que analizar un complejo caso y dar un dictamen por escrito en sólo 7 horas. Y luego, 15 días después, defender las ideas puestas sobre el papel ante un exigente jurado, en una sustentación oral final.


Quintero jugaba con la desventaja de no haber estudiado derecho en España, pero fue el mejor.


“Fue duro. Especialmente la parte oral, donde, literalmente, te ponían contra la pared. Incluso con preguntas para confundirte”, le contó a EL TIEMPO Quintero Serrano, que se graduó de abogado en la Universidad de los Andes, en marzo de 2003, con la máxima distinción posible: Magna Cum Laude.


“Yo no me hice muchas ilusiones, para mi ya era suficiente con estar en la lista de los 29 elegidos, pero me esforcé para hacerlo lo mejor posible”.


La semana pasada, el abogado recibió al premio a su esfuerzo en una imponente ceremonia que tuvo lugar en el Colegio de Abogados de Madrid y a la que asistieron personalidades del mundo del derecho como la presidenta del Tribunal Constitucional de España, María Emilia Casas Baamonde; así como el rector de la Universidad de Navarra y el decano del Colegio de Abogados, entre otros.


“Les llamó mucho la atención que el premio fuera para un extranjero. Porque eso no había ocurrido nunca. Había muchas ramas del derecho involucradas: mercantil, administrativo, financiero, procesal, etc, y era difícil pensar que alguien que no hubiera estudiado aquí pudiera ganarlo. Así que para mí la satisfacción ha sido enorme. Es que yo vine aquí a seguir mis estudios en derecho hace solo un año y medio”.


Quintero llegó a España gracias a una beca de la Fundación Carolina para hacer un master en derecho empresarial del Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, donde fue galardonado como el mejor alumno de su promoción. Y está convencido que la clave de su éxito ha sido “tener la cabeza muy abierta a lo que hay acá y como se manejan las cosas acá en materia de Derecho”.


Garrigues, que con 1.360 abogados es el bufete más grande de Europa continental, no ha perdido la oportunidad de ‘fichar’ este talento colombiano, así que hoy este joven bogotano trabaja como abogado junior en el departamento de Derecho Corporativo, Fusiones y Adquisiciones.


Pero el plan de Quintero es volver a Colombia. “Estoy aprendiendo mucho. Mi plan a corto plazo es quedarme en España, para seguir formándome. Pero siempre pensando en volver, siempre estoy pensando en ver como voy a sacarle el mejor provecho a este input en Colombia”. Ojalá que así sea.


VÍCTOR MANUEL VARGAS
Corresponsal de EL TIEMPO
Madrid

Tipos De Inteligencias Multiples


Las inteligencias múltiples de Gardner son 8 las cuales todos las poseemos unas más desarrolladas que otras y en nosotros esta la decisión de profundizar en cualquiera de ellas :

La inteligencia lingüística.:método de aprendizaje: INVENTAR CUENTOS, ESCRIBIR ENSAYOS,PRACTICAR EL ARTE DE HABLAR Y ESCUCHAR Y LA COMUNICACIÒN POR MEDIO DE DEBATES,DISCUSIONES ,ETC.

La inteligencia lògico-matemática .método de aprendizaje: ANÁLISIS DE PROBLEMAS COMPLEJOS, DESARROLLO DEL PENSAMIENTO CRÍTICO, EJECUCIÓN DE OPERACIONES MATEMÁTICAS Y LAS DESTREZAS DE SOLUCIÓN DE PROBLEMAS.

La inteligencia espacial.mètodo de aprendizaje: DIBUJAR MAPAS, EJERCICIOS DE PENSAMIENTO VISUAL, USO DE MAPAS MENTALES Y ORGANIZADORES VISUALES.

La inteligencia corporal.mètodo de aprendizaje: EJERCICIOS DE COORDINACIÒN , EJERCICIOS FÌSICOS , BAILE ,ETC.

La inteligencia musical.mètodo de aprendizaje:PRÀCTICA PARA ESCUCHAR SONIDOS, CREAR CANCIONES , EXPRESAR SENTIMIENTOS MEDIANTE LA MÙSICA , TOCAR INSTRUMENTOS MUSICCALES.

La inteligencia interpersonal.metodo de aprendizaje: PRÁCTICA DE ESCUCHAR A OTROS E INTERNALIZAR LAS RAZONES POR LAS CUALES LAS PERSONAS ACTÚAN, RECONOCIMIENTO DE VALORES CULTURALES, RECONOCIMIENTO DE LA DIVERSIDAD DE PERSONAS QUE EXISTEN.

La inteligencia intrapersonal.mètodo de aprendizaje: EVALUAR CREENCIAS PERSONALE, DESARROLLO DE INSTROSPECCIÒN Y AUTOCONOCIMIENTO,CLARIFICACIÒN DE LO QUE NOS DISGUSTA, DESARROLLO DE DESTREZAS DE MEJORAMIENTO PERSONAL.

La inteligencia naturalista.mètodo de aprensizaje: OBSERVAR LOS MODELOS DE LA NATURALEZA, IDENTIFICAR Y CLASIFICAR ODJETOS NATURALES.

MI CARRERA DERECHO

Concepto


Del  Derecho se ha dicho que es un conjunto de normas jurídicas que forman un sistema cerrado, al punto que las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio válido durante mucho tiempo y que, por lo demás, hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en ese lugar y tiempo.



En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.



La diversidad social y de esferas en que metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, es consecuencia del nivel de desarrollo no sólo de las relaciones, sino también de la normativa y de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con esta multiplicidad de normativas existentes, el Derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico. Esa armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en ellas subyace. En sociedades plurales la armonía de la voluntad política depende de la coincidencia de intereses de los grupos político partidistas predominantes en el legislativo y en el ejecutivo, así como de la continuidad de los mismos en el tiempo. Cambios también se pueden producir con las variaciones de los intereses socioeconómicos y políticos predominantes, al variar la composición parlamentaria o del gobierno. Asimismo, en sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la heterogeneidad social existente, la armonía de la voluntad normativa es mucho más factible si bien menos democrática, lo que no quiere decir que se logre permanentemente; la base de la armonía radica en en los intereses únicos del partido.



Doctrinalmente se defiende la existencia de unidad y coherencia; pero lo cierto es que en la práctica lo anterior es absolutamente imposible en su aspecto formal, aún a pesar de los intereses y valores en juego, por cuanto las disposiciones normativas se promulgan en distintos momentos históricos, por órganos del Estado diferentes, e incluso dominados éstos por mayorías políticas o con expresiones de voluntades políticas muy disímiles. Igualmente no siempre hay un programa pre elaborado para actuación normativa del Estado (programas legislativos), sino que la promulgación de una u otra disposición depende de las necesidades o imposiciones del momento . En tales situaciones se regulan relaciones sociales de una forma, con cierto reconocimiento de derechos e imposiciones de deberes, con determinadas limitaciones, se establecen mandatos de ineludible cumplimiento; y estas disposiciones pueden ser cuestionadas por otros órganos del Estado, derogadas por los superiores, o modificadas por los mismos productores meses o años después. Es decir, en el plano formal, haciendo un análisis de la existencia de una diversidad de disposiciones, si encontraremos disposiciones que regulan de manera diferente ciertas instituciones, o las prohíben, o las admiten, o introducen variaciones en su regulación, o que también en el proceso de modificación o derogación, se producen vacíos o lagunas, es decir, esferas o situaciones desreguladas.



En el orden fáctico, y usando argumentos de la teoría política, las bases para la armonía las ofrece, ciertamente, la existencia de una voluntad política predominante, y de ciertos y determinados intereses políticos en juego que desean hacerse prevalecer como ya antes expusimos. Y desde el punto de vista jurídico-formal, la existencia de un conjunto de principios que en el orden técnico jurídico hacen que unas disposiciones se subordinen a otras, que la producción normativa de un órgano prime sobre la de otros, que unas posteriores puedan dejar sin vigor a otras anteriores, como resulta de los principios de jerarquía normativa no por el rango formal de la norma, sino por la jerarquía del órgano del aparato estatal que ha sido facultado para dictarla o que la ha dictado; de prevalencia de la norma especial sobre la general; que permita que puedan existir leyes generales y a su lado leyes específicas para ciertas circunstancias o instituciones y que permitan regularla de forma diferenciada, y aun así ambas tengan valor jurídico y fuerza obligatoria.; o el principio de derogación de la norma anterior por la posterior, por sólo citar algunos ejemplos.

Inteligencias Multiples

http://www.youtube.com/watch?v=PfqkaWmTdyULa teoría de las inteligencias múltiples es un modelo propuesto por Howard Gardner en el que la inteligencia no es vista como algo unitario, que agrupa diferentes capacidades específicas con distinto nivel de generalidad, sino como un conjunto de inteligencias múltiples, distintas e independientes. Gardner define la inteligencia como la "capacidad de resolver problemas o elaborar productos que sean valiosos en una o más culturas".

Primero, amplía el campo de lo que es la inteligencia y reconoce lo que se sabía intuitivamente: Que la brillantez académica no lo es todo. A la hora de desenvolverse en la vida no basta con tener un gran expediente académico. Hay gente de gran capacidad intelectual pero incapaz de, por ejemplo, elegir ya bien a sus amigos; por el contrario, hay gente menos brillante en el colegio que triunfa en el mundo de los negocios o en su vida personal. Triunfar en los negocios, o en los deportes, requiere ser inteligente, pero en cada campo se utiliza un tipo de inteligencia distinto. No mejor ni peor, pero sí distinto. Dicho de otro modo, Einstein no es más ni menos inteligente que Michael Jordan, simplemente sus inteligencias pertenecen a campos diferentes.

Segundo, y no menos importante, Gardner define la inteligencia como una capacidad. Hasta hace muy poco tiempo la inteligencia se consideraba algo innato e inamovible. Se nacía inteligente o no, y la educación no podía cambiar ese hecho. Tanto es así que en épocas muy cercanas a los deficientes psíquicos no se les educaba, porque se consideraba que era un esfuerzo inútil.

Considerando la importancia de la psicología de las inteligencias múltiples, ha de ser más racional tener un objeto para todo lo que hacemos, y no solo por medio de estas inteligencias. Puesto que deja de lado la objetividad, que es el orden para captar el mundo.